Disciplina urbanística y tráfico inmobiliario. Ejecución de sentencias de demolición y terceros de buena fe

La obra realiza un análisis, para su clarificación, de las diversas cuestiones que suscita la medida típica y última de restablecimiento de la legalidad y la reposición a su estado originario de la realidad: la demolición de construcciones y edificaciones por razón de su ilegalidad urbanística, especialmente desde la perspectiva de los terceros de buena fe afectados. Ese análisis incluye las reformas legales llevadas a cabo por el legislador estatal y autonómico principalmente, el cántabro y el gallego entre los años 2011-2015, teóricamente orientadas a mejorar la protección jurídica de los terceros afectados por una demolición.

Pero se centra, con propósito de compleción, en el estudio de la doctrina jurisprudencial que ha ido decantando, hasta hoy, el Tribunal Supremo, para despejar los diversos interrogantes que, por su técnicamente deficiente redacción, suscita el mecanismo introducido, en el contexto del proceso de ejecución de Sentencias, por el apartado 3 del artículo 108 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el cuádruple orden de la naturaleza jurídica del novedoso mecanismo y su ámbito sustantivo, subjetivo y temporal de aplicación. Precepto éste que sigue planteando la duda de si ha supuesto realmente una mejora en la protección del tercer adquirente de buena fe.

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La obra realiza un análisis, para su clarificación, de las diversas cuestiones que suscita la medida típica y última de restablecimiento de la legalidad y la reposición a su estado originario de la realidad: la demolición de construcciones y edificaciones por razón de su ilegalidad urbanística, especialmente desde la perspectiva de los terceros de buena fe afectados. Ese análisis incluye las reformas legales llevadas a cabo por el legislador estatal y autonómico principalmente, el cántabro y el gallego entre los años 2011-2015, teóricamente orientadas a mejorar la protección jurídica de los terceros afectados por una demolición.

Pero se centra, con propósito de compleción, en el estudio de la doctrina jurisprudencial que ha ido decantando, hasta hoy, el Tribunal Supremo, para despejar los diversos interrogantes que, por su técnicamente deficiente redacción, suscita el mecanismo introducido, en el contexto del proceso de ejecución de Sentencias, por el apartado 3 del artículo 108 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el cuádruple orden de la naturaleza jurídica del novedoso mecanismo y su ámbito sustantivo, subjetivo y temporal de aplicación. Precepto éste que sigue planteando la duda de si ha supuesto realmente una mejora en la protección del tercer adquirente de buena fe.

Índice

CAPÍTULO I: TRATAMIENTO JURISPRUDENCIAL Y DOCTRINAL DEL TERCER ADQUIRENTE DE BUENA FE ANTE UNA DEMOLICIÓN POR CAUSAS URBANÍSTICAS

  1. INTRODUCCIÓN.
  2. TRATAMIENTO JURISPRUDENCIAL DEL TERCERO DE BUENA FE AFECTADO POR LA DEMOLICIÓN.

III. LA DEMOLICIÓN COMO CONSECUENCIA JURIDICA NECESARIA DE LA DECLARACIÓN DE NULIDAD DE LA LICENCIA DE OBRA.

  1. PRINCIPIO DE SUBROGACIÓN LEGAL URBANÍSTICA.
  2. EL ARTÍCULO 34 DE LA LEY HIPOTECARIA NO PROTEGE NI SE EXTIENDE AL OBJETO DEL DERECHO.
  3. PROCESO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO, TERCEROS DE BUENA FE Y REGISTRO DE LA PROPIEDAD: CANCELACIÓN DE ASIENTOS REGISTRALES QUE AFECTAN A TERCEROS DE BUENA FE.

VII. MECANISMOS DE TUTELA OFRECIDOS AL TERCERO DE BUENA FE.

VIII. DERECHO DE PROPIEDAD Y DERECHO AL RESPETO DEL DOMICILIO Y A LA VIDA PRIVADA Y FAMILIAR EN LA JURISPRUDENCIA DEL TEDH.

CAPÍTULO II: REACCIÓN DEL LEGISLADOR AUTONÓMICO

  1. INTRODUCCIÓN.
  2. LEGISLADOR DE CANTABRIA.

III. LEGISLADOR DE GALICIA.

  1. CONSECUECIAS DE LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS MODULACIONES INTRODUCIDAS POR LOS LEGISADORES AUTONÓMICOS.

CAPÍTULO III: REACCIÓN DEL LEGISLADOR ESTATAL

  1. INTRODUCCIÓN.
  2. REAL DECRETOLEY 8/2011, DE 1 DE JULIO.

III. REFORMA DEL ARTÍCULO 319.3 DEL CÓDIGO PENAL POR LA LEY ORGÁNICA 1/2015, DE 30 DE MARZO.

CAPÍTULO IV: ARTÍCULO 108.3 LJCA (I).

  1. INTRODUCCIÓN.
  2. FINALIDAD DEL PRECEPTO.

III. DIFERENCIAS CON EL ARTÍCULO 319.3 CP.

  1. DUDAS DE SU CONSTITUCIONALIDAD.
  2. NO CONSTITUYE UN SUPUESTO DE IMPOSIBILIDAD O DE SUSPENSIÓN AUTOMÁTICA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA.
  3. RÉGIMEN DE APLICACIÓN TEMPORAL.

CAPÍTULO V: ARTÍCULO 108.3 LJCA (II).

I.ÁMBITO OBJETIVO.

  1. EXIGENCIA DE PRESTACIÓN DE LA GARANTÍA NO CONDICIONADA AL PREVIO RECONOCIMIENTO Y CUANTIFICACIÓN DEL DERECHO INDEMNIZATORIO DEL TERCERO DE BUENA FE.

III. NATURALEZA JURIDICA DE LA ACTIVIDAD JUDICIAL EX ARTÍCULO 108.3 LJCA.

CAPÍTULO VI: ARTÍCULO 108.3 LJCA (III).

  1. ÁMBITO SUBJETIVO.
  2. CONSECUENCIAS DE LA FALTA DE CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA.

III. SITUACIÓN DE PELIGRO INMINENTE.

BIBLIOGRAFÍA

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