La “Ley de bienestar animal” ha recogido que durante toda la vida del perro va a ser obligatorio contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil. En nuestra normativa hay que acudir al art. 1.905 del Código Civil (SP/LEG/2311) que impone, no al propietario, sino al poseedor o al que se sirva de un animal, la responsabilidad de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe.
En esta Jurisprudencia al Detalle se analiza qué comprende la responsabilidad civil del animal, aquello por lo que el precitado titular del animal debe responder según los Tribunales, para así delimitar las coberturas que podría llegar a tener el futuro seguro obligatorio, que se encuentra en suspenso hasta el desarrollo del reglamento correspondiente.
Índice
Criterios de la responsabilidad
Naturaleza
Prescripción
Sujetos
Propietario
Poseedor/es
Requisitos responsabilidad
Culpa
Asunción del riesgo
Concurrencia de culpas
In vigilando
Imputación objetiva: Presunción de culpa del poseedor
Nexo causal
Causalidad adecuada o eficiente
Probabilidad cualificada
Daños
Material
Moral
Personal
Exoneración responsabilidad
Fuerza mayor
Culpa exclusiva de la víctima
Falta de legitimación pasiva
Responsabilidad solidaria
Seguro del hogar
Seguro obligatorio animales peligrosos
Casuística
Accidentes en actividades deportivas o de ocio
Accidente de tráfico
Correa enredada
Caída
Daños en vivienda
Ladridos
Mordisco
Pelea
Perro peligroso
Perro suelto
Perro escapado
Perro no doméstico