Los menores e internet. Riesgos y derechos

Hoy día es muy habitual que los progenitores de los menores compartan imágenes de sus hijos en las redes sociales. Sin embargo, estas conductas conllevan grandes riesgos generalmente desconocidos por aquellos que precisamente los generan. Estos peligros son a veces de especial gravedad, como en el caso del grooming. Además, según lo establecido por el artículo 4 de la LOPJM estas conductas están radicalmente prohibidas, sin que inexplicablemente el Ministerio Fiscal actúe. Los menores, por el simple hecho de ser personas, detentan derechos fundamentales que no pueden ser vulnerados ni siquiera por quienes ostentan los derechos inherentes a la patria potestad sobre ellos. En la presente obra se expondrá el problema descrito, esto es, los derechos de los menores vulnerados en internet, los riesgos que ello conlleva, la inexplicable dejadez del Ministerio Fiscal y las posibles soluciones. Además, se aportan varias sentencias de especial importancia en estas cuestiones. La edad de los menores cuyos derechos están siendo en estos momentos vulnerados puede hacer pensar en una posible ola de reclamaciones judiciales en un futuro próximo cuando sean suficientemente maduros y conscientes del perjuicio creado a su persona.

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Hoy día es muy habitual que los progenitores de los menores compartan imágenes de sus hijos en las redes sociales. Sin embargo, estas conductas conllevan grandes riesgos generalmente desconocidos por aquellos que precisamente los generan. Estos peligros son a veces de especial gravedad, como en el caso del grooming. Además, según lo establecido por el artículo 4 de la LOPJM estas conductas están radicalmente prohibidas, sin que inexplicablemente el Ministerio Fiscal actúe. Los menores, por el simple hecho de ser personas, detentan derechos fundamentales que no pueden ser vulnerados ni siquiera por quienes ostentan los derechos inherentes a la patria potestad sobre ellos. En la presente obra se expondrá el problema descrito, esto es, los derechos de los menores vulnerados en internet, los riesgos que ello conlleva, la inexplicable dejadez del Ministerio Fiscal y las posibles soluciones. Además, se aportan varias sentencias de especial importancia en estas cuestiones. La edad de los menores cuyos derechos están siendo en estos momentos vulnerados puede hacer pensar en una posible ola de reclamaciones judiciales en un futuro próximo cuando sean suficientemente maduros y conscientes del perjuicio creado a su persona.

ÍNDICE
NOTA PERSONAL DE LA AUTORA. Los derechos de los menores en Internet: territorio comanche

CAPÍTULO I. El fenómeno de las redes sociales, la nueva L.O. 8/2021 y los riesgos para la seguridad y la salud de los menores

1. El fenómeno de las redes sociales. Evolución y motivos de su auge

2. Riesgos para la seguridad y la salud de los menores: huella digital, identificación y localización, acoso escolar, abusos sexuales, grooming, imágenes compartidas en carpetas de pedófilos y morphing

3. La nueva Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia

CAPÍTULO II. Patria potestad: contenido y límites

1. Contenido de la patria potestad

2. Límites de la patria potestad: el interés superior del menor en la conculcación de sus derechos al honor, a la intimidad personal y familiar y a su propia imagen

CAPÍTULO III. El menor y su capacidad

1. Concepto y capacidad del menor de edad. El interés superior del menor

2. Capacidad natural del menor. Especial consideración de su consentimiento

3. Libre desarrollo de la personalidad del menor

CAPÍTULO IV. El menor como detentador de derechos fundamentales y en especial del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar ya su propia imagen

1. Derecho al honor

2. Derecho a la intimidad

3. Derecho a la propia imagen

4. El artículo 4 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de Modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil

5. Otras normas fuera del ámbito civil

CAPÍTULO V. Menores expuestos en Internet por sus progenitores: sharenting, oversharenting e instamamis

1. Oversharenting

2. Supuestos legales de excepción a la prohibición

CAPÍTULO VI. Menores explotados en Internet por sus progenitores: trabajo infantil y mera explotación económica de su intimidad

CAPÍTULO VII. Conclusiones reflexivas

1. Sobre la Ley Orgánica 8/2021: mera declaración de intenciones

2. Sí, la intromisión ilegítima en los derechos al honor, imagen, intimidad personal y familiar del menor es un acto de violencia: creación involuntaria de la huella digital

3. No, los padres no pueden publicar imágenes de la intimidad de sus hijos, porque va en contra del interés superior del menor, que debe informar cualquier medida que afecte a un menor, y porque no está justificada legalmente la intromisión

4. No, los padres no pueden explotar a sus hijos, ni exhibiendo su mera intimidad, ni haciendo que trabajen como niños artistas sin control de la Autoridad Laboral

5. Sí, publicar datos, imágenes o vídeos de los menores es muy peligroso

6. El Ministerio Fiscal debe actuar ya

7. La Agenda 2030 de Naciones Unidas y la erradicación de todo tipo de violencia contra los niños, en especial su explotación, como Objetivo de Desarrollo Sostenible

Bibliografía

ANEXO. Jurisprudencia relevante

1. Sentencia 208/2015 de la Audiencia provincial de Pontevedra, de 4 de junio

2. Sentencia 57/2017 de la Audiencia Provincial de Lugo, de 15 de febrero

3. Sentencia 539/2018 de la Audiencia Provincial de Barcelona, de 15 de mayo

4. Sentencia 31/2014 del Tribunal Supremo, de 14 de julio

5. Sentencia del Tribunal de la Haya de 1 de octubre de 2018

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