La responsabilidad civil en el ejercicio de la odontología

El propósito de esta obra es realizar un análisis relativo al marco teórico del consentimiento informado en Odontología, su concepto y elementos; así como estudiar el régimen jurídico del contrato que nace de la relación sinalagmática. Es decir, qué se consiente, cómo se consiente y con quién se consiente; la eficacia frente a terceros que tiene este especialísimo contrato civil atípico y la responsabilidad que deriva del incumplimiento de la obligación de medios, o por el daño indemnizable; así como el estudio somero de los mecanismos actuales para su cuantificación. Hemos ordenado los resultados siguiendo un orden lógico, que dan origen a cinco capítulos (Consentimiento Contrato Responsabilidad Daño Valoración). En el primer capítulo, estudiamos el origen, concepto y elementos de consentimiento informado. En el segundo, el «contrato de tratamiento odontológico», el cual pareciera encontrarse dentro del grupo de los «contratos principales», frente a los accesorios y los contratos conexos. En el tercero, ponemos de manifiesto el régimen jurídico de la responsabilidad profesional sanitaria, centrándonos en la responsabilidad civil del dentista por incumplimiento o defecto en la prestación de hacer, o por daños por cumplimiento defectuoso. El cuarto, se dedica al estudio del daño como menoscabo de un interés del cual debe responder otra persona. En el contrato que estamos estudiando, el «interés positivo» abarca la indemnización de daños corporales y morales. Precisamente en el capítulo quinto, se estudia su valoración económica. Como conclusiones, el consentimiento informado tiene carácter configurador contractual. Es un «derecho humano» de carácter «fundamental» y constituye una «nova lex artis», que distribuye riesgos ab initio, trasladándolos al deudor, cuando este lo omite. El estudio de los contratos conexos sugiere una superación del artículo 1257 CC y abrimos la puerta a aplicación de la legislación de consumo en responsabilidad en el ejercicio profesional de la Odontología. En cuanto a la indemnización del interés positivo, ésta puede valorarse con las tablas actuales del «baremo de tráfico»; pero se requeriría retocar cuantitativa y cualitativamente los apartados relativos a indemnización por secuelas osteoarticulares y bucodentales.

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El propósito de esta obra es realizar un análisis relativo al marco teórico del consentimiento informado en Odontología, su concepto y elementos; así como estudiar el régimen jurídico del contrato que nace de la relación sinalagmática. Es decir, qué se consiente, cómo se consiente y con quién se consiente; la eficacia frente a terceros que tiene este especialísimo contrato civil atípico y la responsabilidad que deriva del incumplimiento de la obligación de medios, o por el daño indemnizable; así como el estudio somero de los mecanismos actuales para su cuantificación. Hemos ordenado los resultados siguiendo un orden lógico, que dan origen a cinco capítulos (Consentimiento Contrato Responsabilidad Daño Valoración). En el primer capítulo, estudiamos el origen, concepto y elementos de consentimiento informado. En el segundo, el «contrato de tratamiento odontológico», el cual pareciera encontrarse dentro del grupo de los «contratos principales», frente a los accesorios y los contratos conexos. En el tercero, ponemos de manifiesto el régimen jurídico de la responsabilidad profesional sanitaria, centrándonos en la responsabilidad civil del dentista por incumplimiento o defecto en la prestación de hacer, o por daños por cumplimiento defectuoso. El cuarto, se dedica al estudio del daño como menoscabo de un interés del cual debe responder otra persona. En el contrato que estamos estudiando, el «interés positivo» abarca la indemnización de daños corporales y morales. Precisamente en el capítulo quinto, se estudia su valoración económica. Como conclusiones, el consentimiento informado tiene carácter configurador contractual. Es un «derecho humano» de carácter «fundamental» y constituye una «nova lex artis», que distribuye riesgos ab initio, trasladándolos al deudor, cuando este lo omite. El estudio de los contratos conexos sugiere una superación del artículo 1257 CC y abrimos la puerta a aplicación de la legislación de consumo en responsabilidad en el ejercicio profesional de la Odontología. En cuanto a la indemnización del interés positivo, ésta puede valorarse con las tablas actuales del «baremo de tráfico»; pero se requeriría retocar cuantitativa y cualitativamente los apartados relativos a indemnización por secuelas osteoarticulares y bucodentales.

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO I EL CONSENTIMIENTO INFORMADO

CAPÍTULO II EL CONTRATO DE TRATAMIENTO ODONTOLÓGICO

CAPÍTULO III LA RESPONSABILIDAD

CAPÍTULO IV EL DAÑO

CAPÍTULO V VALORACIÓN DEL DAÑO EN ODONTOESTOMATOLOGÍA

EPÍLOGO

BIBLIOGRAFÍA

ANEXO JURISPRUDENCIAL

Año

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Edicion

Editorial

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Páginas