La fiscalidad indirecta del comercio electrónico

La tributación en el IVA de las operaciones internacionales puede llegar a ser sumamente compleja. Esta complejidad se incrementa cuando dichas operaciones se realizan a través de internet, sin necesidad de que el proveedor de los bienes o servicios tenga presencia física en el país donde los mismos se van a consumir. Debido la grandísima expansión que está experimentando el comercio electrónico en los últimos años, se han aprobado una serie de Directivas Comunitarias que pretenden acercar la normativa que rige el funcionamiento del IVA a esta nueva realidad económica.
El 1 de julio de 2021 supondrá un punto de inflexión para la tributación en el IVA de este tipo de operaciones en todo el ámbito comunitario. Se producirá una auténtica revolución en la gestión del IVA para los operadores de comercio electrónico. Estos cambios afectan no sólo a las empresas que venden bienes o prestan sus servicios a través de internet sino también para las grandes plataformas tecnológicas que facilitan este tipo de ventas y que, de ahora en adelante, van a asumir una serie de responsabilidades que antes no tenían. Todo ello con el fin de facilitar la gestión de impuesto pero también para luchar contra el fraude que tradicionalmente ha existido en este tipo de operaciones.

NOVEDADES DE LA EDICIÓN:

– Directiva 2017/2455.

– Directiva 2019/1995

– Reglamento 2019/2026 .

– Ventas online a través de plataformas digitales (novedades que entran en vigor el 1 de julio de 2021)

– Descargas de contenidos en internet

– Declaración especial OSS.

– IVA y ventanilla única.

– Nuevo régimen especial de importación.

– Declaración especial en aduana para operadores postales que intervienen en operaciones de comercio electrónico.

– La responsabilidad en la recaudación del IVA de las plataformas facilitadoras de operaciones de e-commerce.

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La tributación en el IVA de las operaciones internacionales puede llegar a ser sumamente compleja. Esta complejidad se incrementa cuando dichas operaciones se realizan a través de internet, sin necesidad de que el proveedor de los bienes o servicios tenga presencia física en el país donde los mismos se van a consumir. Debido la grandísima expansión que está experimentando el comercio electrónico en los últimos años, se han aprobado una serie de Directivas Comunitarias que pretenden acercar la normativa que rige el funcionamiento del IVA a esta nueva realidad económica.
El 1 de julio de 2021 supondrá un punto de inflexión para la tributación en el IVA de este tipo de operaciones en todo el ámbito comunitario. Se producirá una auténtica revolución en la gestión del IVA para los operadores de comercio electrónico. Estos cambios afectan no sólo a las empresas que venden bienes o prestan sus servicios a través de internet sino también para las grandes plataformas tecnológicas que facilitan este tipo de ventas y que, de ahora en adelante, van a asumir una serie de responsabilidades que antes no tenían. Todo ello con el fin de facilitar la gestión de impuesto pero también para luchar contra el fraude que tradicionalmente ha existido en este tipo de operaciones.

NOVEDADES DE LA EDICIÓN:

– Directiva 2017/2455.

– Directiva 2019/1995

– Reglamento 2019/2026 .

– Ventas online a través de plataformas digitales (novedades que entran en vigor el 1 de julio de 2021)

– Descargas de contenidos en internet

– Declaración especial OSS.

– IVA y ventanilla única.

– Nuevo régimen especial de importación.

– Declaración especial en aduana para operadores postales que intervienen en operaciones de comercio electrónico.

– La responsabilidad en la recaudación del IVA de las plataformas facilitadoras de operaciones de e-commerce.

 

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