Inmatriculación de fincas

En el presente libro examinamos el contenido de la Ley 13/2015, de 24 de junio, la cual se ocupa del acceso de las fincas al Registro regulando los distintos medios de inmatriculación, así como de su coordinación con el Catastro Inmobiliario estableciendo una regulación inno-vadora que examinamos con detenimiento.
La referida Ley da una nueva redacción al Título Sexto de la Ley Hipotecaria estableciendo, en los artículos 198-210, los procedimientos mediante los cuales se pretende lograr la concor-dancia entre el Registro y la realidad, no sólo física, sino también jurídica de la finca, inten-tando lograr una coordinación con el Catastro. Como dice en su Exposición de Motivos, desde el punto de vista económico y de la seguridad jurídica es esencial para el Registro determinar con la mayor exactitud posible la porción de terrenos sobre la que proyecta sus efectos.
Para el Catastro es esencial conocer y reflejar en cartografía todas aquellas modificaciones o alteraciones registrales que se produzcan sobre la realidad física de las fincas mediante cual-quier hecho, negocio o acto jurídico.
En el libro analizamos con detenimiento todos los medios de inmatriculación o de acceso de las fincas al Registro de la Propiedad, así como la concordancia de las mismas con el Catastro. Finalmente, examinamos el acceso al Registro de las actuaciones urbanísticas de acuerdo con la regulación contenida en la referida Ley.

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En el presente libro examinamos el contenido de la Ley 13/2015, de 24 de junio, la cual se ocupa del acceso de las fincas al Registro regulando los distintos medios de inmatriculación, así como de su coordinación con el Catastro Inmobiliario estableciendo una regulación inno-vadora que examinamos con detenimiento.
La referida Ley da una nueva redacción al Título Sexto de la Ley Hipotecaria estableciendo, en los artículos 198-210, los procedimientos mediante los cuales se pretende lograr la concor-dancia entre el Registro y la realidad, no sólo física, sino también jurídica de la finca, inten-tando lograr una coordinación con el Catastro. Como dice en su Exposición de Motivos, desde el punto de vista económico y de la seguridad jurídica es esencial para el Registro determinar con la mayor exactitud posible la porción de terrenos sobre la que proyecta sus efectos.
Para el Catastro es esencial conocer y reflejar en cartografía todas aquellas modificaciones o alteraciones registrales que se produzcan sobre la realidad física de las fincas mediante cual-quier hecho, negocio o acto jurídico.
En el libro analizamos con detenimiento todos los medios de inmatriculación o de acceso de las fincas al Registro de la Propiedad, así como la concordancia de las mismas con el Catastro. Finalmente, examinamos el acceso al Registro de las actuaciones urbanísticas de acuerdo con la regulación contenida en la referida Ley.

ÍNDICE

Capítulo I. LA INMATRICULACIÓN: CONCORDANCIA DEL REGISTRO Y LA REALIDAD JURÍDICA

Capítulo II. TÍTULO PÚBLICO DE ADQUISICIÓN

Capítulo III. ACTA NOTARIAL DE NOTORIEDAD

Capítulo IV. LAS CERTIFICACIONES DE DOMINIO COMO MEDIO INMATRICULADOR

Capítulo V. EXPEDIENTE DE DOMINIO

Capítulo VI. EXPEDIENTE PARA RECTIFICAR LA DESCRIPCIÓN, SUPERFICIE O LINDEROS

Capítulo VII. DESLINDES DE FINCAS

Capítulo VIII. LA DOBLE INMATRICULACIÓN DE FINCAS

Capítulo IX. LA INSCRIPCIÓN DE DERECHOS REALES SOBRE FINCAS NO INMATRICULADAS

Capítulo X. EL EXPEDIENTE DE LIBERACIÓN DE CARGAS Y GRAVÁMENES

Capítulo XI. LA USUCAPIÓN Y EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD. USUCAPIÓN SECUNDUM TABULAS, USUCAPIÓN TABULAR Y USUCAPIÓN CONTRA TABULAS

Capítulo XII. DOCUMENTOS INSCRIBIBLES

Capítulo XIII. LA IDENTIFICACIÓN GEOGRÁFICA DE LAS FINCAS REGISTRALES Y SU COORDINACIÓN CON EL CATASTRO

Capítulo XIV. LA INMATRICULACIÓN Y EL CATASTRO

Capítulo XV. ACCESO AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LAS ACTUACIONES URBANÍSTICAS

Capítulo XVI. CLASES DE ASIENTOS (arts. 67 Ley del Suelo 2015)

Capítulo XVII. ACTOS INSCRIBIBLES EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD

Capítulo XVIII. LAS AFECCIONES URBANÍSTICAS

Capítulo XIX. EXPROPIACIONES URBANÍSTICAS

Capítulo XX. LA PARCELACIÓN URBANÍSTICA (arts. 16.2 y 26 TRLSyRU y 78-82 RD. 1093/1997)

Capítulo XXI. INSCRIPCIÓN DE TRANSMISIONES SUJETAS A TANTEO Y RETRACTO URBANÍSTICO

Capítulo XXII. VENTA O SUSTITUCIÓN FORZOSA

Capítulo XXIII. INSCRIPCIÓN

Capítulo XXIV. INSCRIPCIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS

Capítulo XXV. INSCRIPCIÓN DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL

Capítulo XXVI. INSCRIPCIÓN DEL APROVECHAMIENTO POR TURNO DE BIENES INMUEBLES

BIBLIOGRAFÍA

ESQUEMAS

MODELOS

Año

Autor

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Editorial

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