El indicio de cargo y la presunción judicial de culpabilidad en el proceso penal

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Los indicios se han admitido siempre en el proceso penal, porque constituyen la única salida para poder evitar la impunidad del delito cuando, como ocurre frecuentemente, no existe una prueba directa e indubitada de la autoría del hecho punible. La construcción dogmática del indicio de cargo es, sin embargo, inexistente. Sin regulación legal, aunque sea mencionado por las leyes, dan pie a una práctica irregular sobre sus requisitos y efectos. Rompen además la presunción de inocencia, al permitirse la condena sin prueba suficiente de cargo. En este libro el autor realiza un análisis jurisprudencial a fondo sobre el indicio de cargo, a la luz de la jurisprudencia de nuestros tribunales y del siempre útil apoyo del Derecho comparado (Alemania, Italia y Estados Unidos). Y lo hace desde su verdadera naturaleza: El indicio es el hecho base de una presunción, formando parte inescindible de ella. La consecuencia en la práctica es inevitable: La presunción de culpabilidad existe en el proceso penal español. Que se huya de este nombre, que se considere una herejía su sola mención, sólo se explica por la confusión de la presunción de inocencia con una verdadera presunción, pues no lo es, y por obviar la verdadera fuerza probatoria del indicio en nuestra legislación, que es por donde habría que empezar.

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Los indicios se han admitido siempre en el proceso penal, porque constituyen la única salida para poder evitar la impunidad del delito cuando, como ocurre frecuentemente, no existe una prueba directa e indubitada de la autoría del hecho punible. La construcción dogmática del indicio de cargo es, sin embargo, inexistente. Sin regulación legal, aunque sea mencionado por las leyes, dan pie a una práctica irregular sobre sus requisitos y efectos. Rompen además la presunción de inocencia, al permitirse la condena sin prueba suficiente de cargo. En este libro el autor realiza un análisis jurisprudencial a fondo sobre el indicio de cargo, a la luz de la jurisprudencia de nuestros tribunales y del siempre útil apoyo del Derecho comparado (Alemania, Italia y Estados Unidos). Y lo hace desde su verdadera naturaleza: El indicio es el hecho base de una presunción, formando parte inescindible de ella. La consecuencia en la práctica es inevitable: La presunción de culpabilidad existe en el proceso penal español. Que se huya de este nombre, que se considere una herejía su sola mención, sólo se explica por la confusión de la presunción de inocencia con una verdadera presunción, pues no lo es, y por obviar la verdadera fuerza probatoria del indicio en nuestra legislación, que es por donde habría que empezar.

ÍNDICE

I. A modo de presentación: Cómo acreditar la culpabilidad de un investigado cuando falta la prueba directa e indubitada del crimen

II. El indicio procesal penal

III. Diferencias del indicio con otros conceptos

IV. La estructura formal en la que se inserta el indicio procesal

V. La presunción de culpabilidad

VI. Requisitos de admisibilidad

VII. Valor probatorio de los indicios

VIII. La motivación de la sentencia condenatoria con base exclusivamente en indicios y su recurribilidad

IX. La flexibilidad en la aplicación del indicio que nos muestra el Derecho comparado

X. Conclusiones

XI. Bibliografía consultada

XII. Jurisprudencia consultada

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