La estructura típica del delito de cohecho pasivo subsiguiente es sencilla, dado que se trata de un caso en el que el funcionario público actúa en el ejercicio de su cargo o función realizando las acciones típicas recogidas en los cohechos antecedentes y una vez ejecutado solicita o recibe efectivamente una dádiva como recompensa por el acto llevado a cabo. No obstante, solamente las conductas que responden a los elementos del concepto de corrupción y que conlleven ofensividad respecto del bien jurídico serán aquellas que merezcan sanción penal; y en base a ello, el cohecho subsiguiente plantea serios problemas para su efectivo castigo penal en pro del respeto a los principios de última ratio, de intervención mínima y de exclusiva protección de bienes jurídicos a los que se pretende dar solución en la presente obra.
ÍNDICE
Prólogo
I. Introducción
II. Bien jurídico protegido
III. Naturaleza jurídica en los delitos de cohecho: su configuración como delito plurisubjetivo y de encuentro
IV. Cohecho subsiguiente del artículo 421 CP
V. Legitimidad de la regulación del cohecho subsiguiente: ¿afección del bien jurídico o cuestiones de política criminal?
Bibliografía