Ejecución de los gastos extraordinarios: cuestiones más habituales

La reclamación del pago de los gastos extraordinarios de los hijos entre los progenitores es uno de los procesos de ejecución de familia que con mayor frecuencia se instan ante nuestros tribunales, y esa es la razón por la que hemos reunido en esta selección de jurisprudencia las cuestiones más habituales que se plantean en la práctica.

Partimos de dos grandes bloques: los supuestos en los que procede la ejecución del gasto como extraordinario y los supuestos en los que no procede, aunque se trate a veces del mismo tipo de gasto. Así, para poder determinar si procede o no la ejecución del gasto como extraordinario, habrá que atender a distintas cuestiones: al contenido del título ejecutivo, a si ha habido una aceptación expresa del gasto, o a si se ha pactado en el convenio como extraordinario o como ordinario. Por supuesto, también es necesario que haya un conocimiento o consentimiento respecto a su pago o incluso podrá valorarse si ha existido un abono previo de los gastos que se reclaman como extraordinarios.

No procederá la ejecución como extraordinario cuando el gasto se derive de una decisión unilateral del progenitor ejecutante, y, por supuesto, debe tratarse de gastos urgentes o necesarios.

No debe olvidarse, además, que, previamente a su reclamación, tiene que determinarse la naturaleza del gasto, debiendo acudir para ello al incidente regulado en el art. 776.4 LEC, cauce legal obligatorio cuando se quiere reclamar un gasto como extraordinario que no esté previsto en el título ejecutivo. Son muy interesantes las resoluciones recogidas en este apartado del estudio.

Finalmente, pero no por ello menos importante, hemos considerado necesario prestar atención a la mediación en las reclamaciones de gastos extraordinarios, tanto cuando existen pactos alcanzados en mediación como la recomendación de acudir a ella para lograr acuerdos antes de recurrir a la vía judicial.

Y además, en la parte de Actualidad:

· Según la nueva redacción del art. 96 CC, ¿es necesario volver a valorar las circunstancias para extinguir el uso de la vivienda familiar cuando los hijos menores alcancen la mayoría de edad?
· Las videoconferencias transfronterizas como medio de simplificación y aceleración de la obtención de pruebas en los procesos de Derecho de Familia en la Unión Europea
· El interés superior del menor y la suspensión del régimen de visitas

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La reclamación del pago de los gastos extraordinarios de los hijos entre los progenitores es uno de los procesos de ejecución de familia que con mayor frecuencia se instan ante nuestros tribunales, y esa es la razón por la que hemos reunido en esta selección de jurisprudencia las cuestiones más habituales que se plantean en la práctica.

Partimos de dos grandes bloques: los supuestos en los que procede la ejecución del gasto como extraordinario y los supuestos en los que no procede, aunque se trate a veces del mismo tipo de gasto. Así, para poder determinar si procede o no la ejecución del gasto como extraordinario, habrá que atender a distintas cuestiones: al contenido del título ejecutivo, a si ha habido una aceptación expresa del gasto, o a si se ha pactado en el convenio como extraordinario o como ordinario. Por supuesto, también es necesario que haya un conocimiento o consentimiento respecto a su pago o incluso podrá valorarse si ha existido un abono previo de los gastos que se reclaman como extraordinarios.

No procederá la ejecución como extraordinario cuando el gasto se derive de una decisión unilateral del progenitor ejecutante, y, por supuesto, debe tratarse de gastos urgentes o necesarios.

No debe olvidarse, además, que, previamente a su reclamación, tiene que determinarse la naturaleza del gasto, debiendo acudir para ello al incidente regulado en el art. 776.4 LEC, cauce legal obligatorio cuando se quiere reclamar un gasto como extraordinario que no esté previsto en el título ejecutivo. Son muy interesantes las resoluciones recogidas en este apartado del estudio.

Finalmente, pero no por ello menos importante, hemos considerado necesario prestar atención a la mediación en las reclamaciones de gastos extraordinarios, tanto cuando existen pactos alcanzados en mediación como la recomendación de acudir a ella para lograr acuerdos antes de recurrir a la vía judicial.

Y además, en la parte de Actualidad:

· Según la nueva redacción del art. 96 CC, ¿es necesario volver a valorar las circunstancias para extinguir el uso de la vivienda familiar cuando los hijos menores alcancen la mayoría de edad?
· Las videoconferencias transfronterizas como medio de simplificación y aceleración de la obtención de pruebas en los procesos de Derecho de Familia en la Unión Europea
· El interés superior del menor y la suspensión del régimen de visitas

ÍNDICE

Supuestos en los que procede la ejecución del gasto como extraordinario

Contenido del título ejecutivo
Aceptación expresa del gasto o pactado en el convenio
Conocimiento o consentimiento
Abono previo
Gastos escolares
Actividades extraescolares o deportivas
Excursiones y viajes
Clases de refuerzo
Clases de idiomas
Canguro
Gastos universitarios y alojamiento en otra localidad
Estudios no obligatorios, no universitarios
Carné de conducir
Gastos médicos no cubiertos por la Seguridad Social
Gastos médicos no incluidos en el seguro privado
Dentista
Pruebas o intervenciones médicas necesarias
Vacunas
Psicólogo
Fisioterapia

Supuestos en los que no procede la ejecución del gasto como extraordinario

Decisiones unilaterales
Falta de consentimiento o consenso
No urgencia o necesidad
Gastos ordinarios
Gastos escolares
Actividades extraescolares y deportivas
Excursiones previstas en la enseñanza reglada
Canguro
Estudios universitarios. Reconocidos como alimentos
Estudios no obligatorios, no universitarios en centros privados
Gastos de viajes no por estudios
Preparación de oposiciones
Gastos para el cumplimiento de las visitas
Gastos médicos de la sanidad privada
Psicólogo

Incidente del art. 776.4 LEC para determinar la naturaleza del gasto

Naturaleza y alcance el incidente
Cauce legal obligatorio
Nulidad del despacho de ejecución por no acudir al incidente
No es necesario. Gastos determinados en el título ejecutivo
No es necesario. Gastos definidos en el convenio
Oposición

Mediación

Año

Edicion

Editorial

ISBN

Páginas