Los artículos 782 a 811 de la LEC prevén una serie de procedimientos cuyo objetivo fundamental es liquidar y repartir un conjunto patrimonial entre quienes, teniendo derecho a él, no se ponen de acuerdo sobre su reparto.
División judicial de patrimonios Aspectos procesales
Derecho Civil, Derecho ProcesalLos artículos 782 a 811 de la LEC prevén una serie de procedimientos cuyo objetivo fundamental es liquidar y repartir un conjunto patrimonial entre quienes, teniendo derecho a él, no se ponen de acuerdo sobre su reparto.
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