Obras en elementos privativos con afección a elementos comunes

Si bien en la propiedad privada se pueden realizar modificaciones, en una Comunidad de Propietarios existen límites para las mismas, por lo que cabe preguntarse cuáles serían estos.

El art. 7.1 LPH establece una división entre elementos privativos y comunes del edificio. El propietario tendrá plena capacidad para modificar los primeros, pero su derecho dominical termina donde su propia superficie acaba conforme al art. 3 a) de la Ley. A partir de aquí, necesitará del acuerdo correspondiente de la Junta.

Así, nos planteamos una serie de interrogantes: ¿es necesario el acuerdo de la Junta para cambiar de lugar el baño en mi vivienda? ¿O para eliminar el falso techo, la demolición de tabiques y la redistribución de habitaciones? ¿Y para instalar chimeneas o letreros en la fachada? Estas y otras cuestiones tienen respuesta en el presente trabajo.

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Si bien en la propiedad privada se pueden realizar modificaciones, en una Comunidad de Propietarios existen límites para las mismas, por lo que cabe preguntarse cuáles serían estos.

El art. 7.1 LPH establece una división entre elementos privativos y comunes del edificio. El propietario tendrá plena capacidad para modificar los primeros, pero su derecho dominical termina donde su propia superficie acaba conforme al art. 3 a) de la Ley. A partir de aquí, necesitará del acuerdo correspondiente de la Junta.

Así, nos planteamos una serie de interrogantes: ¿es necesario el acuerdo de la Junta para cambiar de lugar el baño en mi vivienda? ¿O para eliminar el falso techo, la demolición de tabiques y la redistribución de habitaciones? ¿Y para instalar chimeneas o letreros en la fachada? Estas y otras cuestiones tienen respuesta en el presente trabajo.

Indice

Acondicionamiento del interior de la vivienda
· No es necesario acuerdo comunitario
– Baños 
– Conducciones y canalizaciones 
– Demolición del falso techo 
– Derribo de tabiques 
– Instalaciones eléctricas 
– Redistribución de habitaciones 
· Es necesario acuerdo comunitario
– Baños 
– Conducciones y canalizaciones 
– Demolición del falso techo 
– Derribo de tabiques 
· Notificación a la Comunidad
Adaptación del negocio
· No es necesario acuerdo comunitario
– Conducciones y canalizaciones 
– Construcción de un altillo 
– Comunicación de plantas 
– Derribo de tabiques 
– Instalación de chimeneas 
– Obras que afectan a la fachada 
– Otras obras 
· Es necesario acuerdo comunitario
– Instalación de chimeneas 
– Obras que afectan a la fachada 
– Otras obras 
Autorización estatutaria
· Obras permitidas
– No es necesario acuerdo comunitario 
– Es necesario acuerdo comunitario 
· Obras relacionadas
– No es necesario acuerdo comunitario 
– Es necesario acuerdo comunitario 
Cambio de destino de las propiedades
· Supuestos
– No es necesario acuerdo comunitario 
– Es necesario acuerdo comunitario 
División/unión de propiedades sin autorización estatutaria
· División/unión
– No es necesario acuerdo comunitario 
– Es necesario acuerdo comunitario 
– Notificación a la Comunidad 
· Obras relacionadas
– No es necesario acuerdo comunitario 
– Es necesario acuerdo comunitario 
Obras en terrazas/patios
· Cerramiento
– No es necesario acuerdo comunitario 
– Es necesario acuerdo comunitario 
· Otras obras
– No es necesario acuerdo comunitario 
– Es necesario acuerdo comunitario 
Obras en garajes
· Cerramiento
– No es necesario acuerdo comunitario 
– Es necesario acuerdo 
· Otras obras
– No es necesario acuerdo comunitario 

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Editorial

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