La relevancia del título oficial del perito criminalístico nombrado por el juez en la jurisdicción penal española

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Artículo 340.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: «Los peritos deberán poseer el título oficial que corresponda a la materia objeto del dictamen y a la naturaleza de éste. Si se tratare de materias que no estén comprendidas en títulos profesionales oficiales, habrán de ser nombrados entre personas entendidas en aquellas materias».

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Artículo 340.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: «Los peritos deberán poseer el título oficial que corresponda a la materia objeto del dictamen y a la naturaleza de éste. Si se tratare de materias que no estén comprendidas en títulos profesionales oficiales, habrán de ser nombrados entre personas entendidas en aquellas materias».

Índice

1. EL INFORME PERICIAL: ASPECTOS LEGALES RELACIONADOS.CON LA PRUEBA PERICIAL

1.1. Regulación

1.2. El perito

2. EL PERITO OFICIAL EN LA UNIÓN EUROPEA

2.1 Las recomendaciones de ENFSI (Red Europea de Institutos de Ciencias Forenses) sobre la competencia técnica de los peritos

2.2. La relevancia de la competencia técnica de los peritos en el Área de Ciencia Forense promovida por la Comisión Europea para el año 2020

3. LA COMPETENCIA TÉCNICA DE LOS PERITOS EN LOS LABORATORIOS OFICIALES DE CRIMINALÍSTICA ESPAÑOLES

3.1. Introducción

3.2. Policía Nacional

3.3. Guardia Civil

3.4. Ertzaintza

3.5. Mossos d’Esquadra

3.6. Institutos del Ministerio de Justicia

3.7. Cuadro-resumen comparativo

4. LA CARTA DE SERVICIOS DE LA GUARDIA CIVIL, LA ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS Y EL PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA

4.1. La Carta de Servicios de la Guardia Civil

4.2. La Estrategia Española de Responsabilidad Social de las Empresas y el principio de transparencia

5. EL RÉGIMEN DE PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL EN RELACIÓN CON EL RECONOCIMIENTO ACADÉMICO DE LA COMPETENCIA TÉCNICA DE SUS PERITOS

5.1. Presente

5.2. Futuro

5.3. El problema de la oficialidad de los títulos de la enseñanza de perfeccionamiento de la Guardia Civil

5.4. La formación en criminalística que el Grado en Ingeniería de Seguridad ofrece a los nuevos Oficiales de la Guardia Civil

6. CONCLUSIONES

ANEXO I. DISFUNCIONES EN LA GUARDIA CIVIL

ANEXO II. GLOSARIO DE TÉRMINOS

ANEXO III. REFERENCIAS NORMATIVAS

ANEXO IV. BIBLIOGRAFÍA

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